La nueva ley migratoria en España introduce cambios importantes para aquellos extranjeros que buscan reunirse con sus familiares que residen en el país, particularmente cuando se trata de obtener la residencia para familiares de españoles.
Esta legislación establece los requisitos, derechos y procedimientos específicos para que los familiares de ciudadanos españoles puedan solicitar la autorización de residencia temporal, independientemente de si se encuentran ya en España o si desean ingresar al país.
Por lo tanto, tanto si eres español y quieres traer a un familiar, como si quieres obtener tus papeles por tener un familiar español en este artículo vas a poner ver si la nueva regulación de extranjería te lo permite.
En este artículo, te explicaremos qué familiares pueden solicitar este tipo de residencia, los requisitos y características de la autorización de residencia temporal según el Artículo 94 del reglamento, y cómo puede facilitar este proceso tanto a quienes ya están en España como a quienes planean venir.
¿Qué familiares pueden solicitar la residencia temporal en España?
La nueva ley de extranjería establece un marco detallado para que los familiares de personas con nacionalidad española puedan acceder a la residencia temporal en España.
1. Cónyuge
Si estás casado con una persona española puedes solicitar una autorización de residencia temporal siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:
- Tener más de 18 años.
- No haber habido un acuerdo de nulidad del vínculo matrimonial ni un divorcio.
- No haberse celebrado el matrimonio en fraude de ley.
No obstante, si este no es tu primer matrimonio o el de tu pareja, vais a tener que acreditar la disolución del anterior (el divorcio).
2. Pareja registrada o pareja estable
En la nueva ley migratoria, las parejas que no están casadas pero mantienen una relación afectiva y estable con una persona española también pueden acceder a la residencia temporal, si cumplen con los siguientes criterios:
- La pareja registrada que haya formalizado su relación en un registro público, ya sea en la Unión Europea o en un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza.
Por lo tanto, si has formalizado una pareja de hecho con un español o española, también puedes solicitar esta autorización de residencia.
- La pareja estable que mantenga una relación afectiva debidamente probada, ya sea dentro o fuera de España, durante al menos 12 meses continuos. Para esto se tiene en cuenta certificados que acrediten la convivencia, pero se puede usar cualquier medio de prueba válido en Derecho.
- Por último, si no estás en ninguno de estos supuestos, pero mantienes una relación sentimental con convivencia y tenéis hijos comunes, se entiende que la relación está consolidada y también podrás solicitar la residencia.
En todos los casos, se reconoce que el matrimonio, la pareja registrada y la pareja estable son modalidades incompatibles entre sí, por lo que sólo podrá aplicarse una de ellas para obtener la residencia temporal.
3. Hijos e hijas
Los hijos del solicitante español o los hijos del cónyuge, pareja registrada o pareja estable también pueden solicitar la residencia temporal, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser menores de 26 años,
- Ser mayores de esa edad, pero estar a cargo de sus padres (es decir, depender económicamente de ellos) o tengan una discapacidad que requiera apoyo, podrán solicitar la residencia independientemente de su edad.
Para el caso de hijos adoptivos: se deberá acreditar que la resolución judicial de adopción es válida en España, conforme a la normativa nacional e internacional.
Los hijos de los cónyuges o de la pareja estable también podrán acceder a la autorización de residencia si el progenitor extranjero ejerce la patria potestad o la custodia exclusiva, o si el otro titular del derecho de custodia da su consentimiento ante una autoridad pública.
4. Ascendientes directos (padres y abuelos)
Los ascendientes directos de primer grado (padres y abuelos) pueden solicitar la residencia temporal si:
- Viven a cargo de su hijo español o de su cónyuge o pareja estable.
- Carecen de apoyo familiar en su país de origen.
- En algunos casos, puede ser solicitada la residencia temporal por razones humanitarias, cuando las circunstancias lo justifiquen.
5. Padres o tutores de menores españoles
Los padres, tutores o cuidadores de un menor de nacionalidad española pueden acceder a la residencia temporal siempre que se dé alguna de las siguientes situaciones:
- El solicitante esté a cargo del menor y conviva con él, o
- esté al corriente de sus obligaciones legales respecto al menor, lo cual debe estar constituido conforme al ordenamiento jurídico español.
6. Cuidadores de personas con dependencia
El cuidador de una persona española que esté reconocida como dependiente, según la Ley 39/2006 sobre la Promoción de la Autonomía Personal, también pueden solicitar la residencia temporal, siempre que acrediten que van a proporcionar cuidados necesarios a la persona dependiente. Respecto a este supuesto, la nueva regulación establece que solo puede optar un familiar. Por lo que, si un familiar ya la ha obtenido, ningún otro puede solicitarla.
7. Otros familiares
Por último, otros familiares que no estén incluidos en las categorías anteriores pueden solicitar la residencia temporal si acreditan que están a cargo de su familiar español, siempre que puedan demostrar fehacientemente su dependencia económica o personal.
¡Contacta ahora con nosotros!
Características de la autorización de residencia temporal
1. Derecho a residir y trabajar en España
Una vez que se concede la autorización de residencia temporal a un familiar de español, este tiene derecho a residir en el país y a trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de realizar trámites adicionales. La autorización no está limitada a un sector o tipo de actividad económica, lo que otorga flexibilidad al titular para desarrollar su vida profesional en España.
Pero no solo eso, uno de los mayores beneficios de la nueva regulación es que, una vez solicitada la autorización, en determinados supuestos, el familiar del español puede trabajar legalmente incluso antes de tener la resolución de la Oficina de Extranjería.
2. Validez de la autorización
La validez de la autorización de residencia temporal es de 5 años, salvo que la residencia del familiar de nacionalidad española sea menor, en cuyo caso la autorización de residencia temporal será válida por el tiempo equivalente a la residencia del ciudadano español.
Además, la autorización podrá renovarse en caso de que se mantengan las condiciones previstas en la ley. El solicitante podrá presentar su solicitud de renovación en los dos meses previos a la fecha de caducidad de la autorización, o en los tres meses posteriores.
Otro de los grandes beneficios es que, una vez se solicita la renovación, si la solicitud finaliza con la concesión, la nueva residencia se prorroga desde que finaliza la anterior, por lo que no se interrumpe la continuidad de la residencia (especialmente importante a efectos de solicitar la nacionalidad española del familiar), y demás, una vez solicitada la renovación, se realiza una prórroga hasta la obtención de la resolución.
3. Opción de reagrupación familiar
Los familiares que obtengan la autorización de residencia temporal podrán ejercer su derecho a la reagrupación familiar, lo que significa que podrán traer a otros familiares a España bajo los términos, plazos y condiciones establecidos en la normativa correspondiente. Esto facilita la reunificación familiar para aquellos que ya residen en España y desean ampliar el núcleo familiar.
4. Acceso a derechos sociales y asistencia
Los familiares que obtienen la autorización de residencia temporal tienen acceso a la seguridad social y otros derechos relacionados con la asistencia médica, la educación y la integración en la sociedad española. Esta condición les permite disfrutar de un nivel de vida adecuado y participar activamente en la vida social y económica del país.
Residencia para familiares de españoles que aún no se encuentran en España
Una de las principales ventajas de la nueva ley migratoria es que la residencia para familiares de españoles no solo se limita a quienes ya residen en España, sino que también puede ser solicitada por aquellos que aún no han ingresado al país. Esto les permite planificar su reagrupación familiar de manera ordenada y eficiente. Si los familiares de ciudadanos españoles se encuentran fuera del país, la solicitud de residencia temporal será válida a partir del momento de su entrada a España, y tendrán hasta 5 años para residir legalmente en el país.
Visado de Reagrupación Familiar en España: Cómo Solicitarlo y Requisitos
El visado de reagrupación familiar en España es una vía para que los familiares de extranjeros residentes en el país puedan unirse a ellos de manera legal. A diferencia de la residencia para familiares de españoles, este visado se solicita desde fuera de España y permite ingresar al país con la autorización de residencia ya concedida. A continuación, te explicamos cómo solicitarlo y qué requisitos debes cumplir.
¿Quiénes pueden solicitar el visado de reagrupación familiar en España?
Este visado está dirigido a familiares directos de un residente legal en España con autorización de residencia de larga duración o residencia de larga duración-UE. Los familiares que pueden beneficiarse de este proceso incluyen:
- Cónyuge o pareja de hecho registrada.
- Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad que dependan económicamente del reagrupante.
- Ascendientes (padres o suegros), si el reagrupante cuenta con residencia de larga duración y puede demostrar que están a su cargo.
Cómo solicitar el visado de reagrupación familiar en España
El proceso de solicitud del visado de reagrupación familiar consta de dos fases:
1. Solicitud de la autorización de residencia en España
Antes de tramitar el visado en el consulado, el familiar residente en España debe solicitar la autorización de residencia por reagrupación familiar ante la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia.
Documentos necesarios:
- Pasaporte del reagrupante.
- Justificación de medios económicos suficientes (nóminas, contrato de trabajo, declaración de la renta).
- Acreditación de vivienda adecuada (informe de habitabilidad emitido por la comunidad autónoma o ayuntamiento).
- Documentos que demuestren el vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento o dependencia económica).
- Seguro médico en caso de no estar afiliado a la Seguridad Social.
Una vez aprobada la autorización, el familiar reagrupado tendrá dos meses para solicitar el visado en el consulado español de su país.
2. Tramitación del visado en el consulado español
El familiar que desea viajar a España debe presentar su solicitud de visado nacional en el consulado español de su país de origen o residencia.
Requisitos y documentos para el visado de reagrupación familiar en España:
- Formulario de solicitud de visado nacional.
- Pasaporte en vigor con una validez mínima de 4 meses.
- Copia de la autorización de residencia concedida al reagrupante.
- Certificado de antecedentes penales (para solicitantes mayores de 18 años).
- Informe médico que certifique que el solicitante no padece enfermedades de riesgo para la salud pública.
- Documentación que acredite la relación familiar, legalizada y, si es necesario, traducida al español.
Tiempo de resolución y llegada a España
Una vez presentada la solicitud, el consulado tiene un plazo de 2 meses para resolverla. Si se aprueba, el solicitante tendrá 3 meses para entrar a España con el visado.
Al llegar a España, dentro del primer mes, deberá tramitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente.
Diferencias entre el visado de reagrupación familiar y la residencia para familiares de españoles
Característica | Residencia para familiares de españoles | Visado de reagrupación familiar |
---|---|---|
Requisitos | Basta con demostrar el vínculo con un ciudadano español. | Se requiere acreditar vivienda y medios económicos. |
Solicitud | Se puede tramitar en España o desde el extranjero. | Se solicita primero en España y luego en el consulado. |
Familiares beneficiarios | Cónyuge, pareja, hijos, ascendientes y cuidadores. | Cónyuge, hijos menores o dependientes, padres. |
Derecho a trabajar | Inmediato, incluso antes de la resolución. | Permitido solo después de obtener la tarjeta de residencia. |
Conclusión
La residencia temporal para familiares de españoles bajo la nueva ley de extranjería es una herramienta clave para promover la reunificación familiar y facilitar la integración de familiares de ciudadanos españoles en la sociedad española. Tanto aquellos que ya residen en España como aquellos que planean venir pueden aprovechar esta autorización para vivir y trabajar legalmente en el país.Si tú o tu familia estáis considerando solicitar la autorización de residencia temporal, es fundamental que os informéis adecuadamente sobre los requisitos específicos y los procedimientos a seguir ya que cada caso tiene sus especialidades. Si necesitas asesoramiento de un abogado especializado en extranjería, no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho, donde te ayudaremos a gestionar tu solicitud de manera rápida y eficiente.